Logo Gov.co 

 

Visita nuestras redes sociales:          

 

 

 

 

 

 

 

 

Caja de la Vivienda Popular

 

 

 

 

Bienvenido a la misional de Reasentamientos            Bienvenido a la misional de Urbanizaciones y Titulación                  

Bienvenido a la misional de Reasentamientos           Bienvenido a la misional de Urbanizaciones y Titulación            Bienvenido a la misional de Mejoramiento de Barrios           Bienvenido a la misional de Mejoramiento de Vivienda               

Programa de Urbanizaciones y Titulación

¿Qué hacemos?

El propósito de la Dirección Técnica de Urbanizaciones y Titulación que tiene a cargo la formulación y ejecución del Proyecto de Inversión No. 7684 "Titulación de predios estrato 1 y 2 y saneamiento de espacio público en la ciudad Bogotá", es realizar el acompañamiento técnico, jurídico y social a las familias asentadas en predios públicos o privados, ocupados con viviendas de interés social, a través de estrategias y mecanismos de cooperación, con el fin de lograr la obtención del título de propiedad;  Igualmente, en los proyectos desarrollados por la Entidad, la entrega de zonas de cesión obligatorias y el cierre de la gestión urbanística.

Mecanismos para Titulación

►Cesión a título gratuito:

Mecanismo a través del cual la Caja de la Vivienda Popular transfiere a título gratuito los inmuebles fiscales de propiedad de la Entidad destinados a vivienda, siempre y cuando se acredite la ocupación ininterrumpida por un término igual o superior a diez (10) años por quienes hayan ocupado de forma ilegal.

El título entregado es un Acto Administrativo (Resolución de Cesión a título Gratuito), debidamente registrada en la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos, el cual posee los mismos atributos y la misma validez que una Escritura Pública de Compraventa.

Pasos a seguir en una cesión a título gratuito:

  • Verificación de Situación Urbanística y Catastral del Barrio.
  • Homologación Información Urbanística, Catastral y Jurídica (Áreas y linderos).
  • Identificación de los ocupantes.
  • Visita de inspección y diligenciamiento del censo social de ocupantes.
  • Verificación técnica y jurídica del cumplimiento de los requisitos legales.
  • Comunicación de la actuación administrativa a terceros.
  • Recolección y revisión de documentos de ocupantes.
  • Expedición, notificación, ejecutoria y registro de la Resolución de cesión a título gratuito.

►Enajenación directa a través de mediación:

Es el acuerdo de voluntades tendiente a transferir el dominio entre el propietario del inmueble de mayor extensión legalmente identificado e inscrito en la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos y los poseedores de cada uno de los predios objeto de titulación, con el acompañamiento técnico, social y jurídico por parte de la Entidad.

El título entregado es una Escritura Pública de compraventa debidamente registrada en la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos correspondiente.

Pasos a seguir para una mediación:

  • Identificación de matrícula inmobiliaria y predios de mayor extensión.
  • Verificación de situación urbanística y catastral del barrio.
  • Homologación información urbanística, catastral y jurídica (áreas y linderos).
  • Identificación y contacto del propietario inscrito.
  • Identificación de poseedores.
  • Conciliación de intereses de las partes (propietario – poseedor).
  • Recolección y revisión de documentos de los poseedores.
  • Elaboración de minutas.
  • Suscripción y registro de la Escritura pública de Compraventa.

►Mecanismo Demanda de Pertenencia:

Ante la imposibilidad de mediar con el propietario de la tierra se podrá acudir al mecanismo de prescripción adquisitiva de dominio a través del proceso Judicial de Prescripción Adquisitiva de Dominio el cual se encuentra consagrado en el artículo 375 del Código General del Proceso y en la Ley 1561 de 2012, a favor de los poseedores de inmuebles privados con destinación de vivienda de interés social, para lo cual, la Entidad presta la asesoría social, técnica y jurídica a los poseedores, desde el inicio hasta culminar el proceso.

El título que se otorga es una sentencia judicial proferida por el juez de la República competente, debidamente registrada en la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos.

Pasos a seguir en un proceso de pertenencia:

  • Solicitud o Carta de Intención por medio de la Junta de Acción Comunal (JAC) o de la Alcaldía Local.
  • Identificación de los poseedores.
  • Revisión de la situación urbanística y catastral del barrio.
  • Homologación de la información urbanística, catastral y jurídica (áreas y linderos).
  • Verificación jurídica del folio(s) de matrícula inmobiliaria de mayor extensión.
  • Socialización con la comunidad.
  • Suscripción de Convenio de Cooperación.
  • Apertura y creación del expediente para presentación de la Demanda.
  • Presentación de la Demanda.
  • Acompañamiento y seguimiento en las diferentes etapas procesales por parte de la Entidad.
  • Sentencia y ejecutoría de la Sentencia.
  • Inscripción y registro de la Sentencia ante la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos correspondiente.

Requisitos para la Titulación de un Predio

Los requisitos generales para la titulación de predios son los siguientes:

  • Debe tratarse de predios ubicados en el perímetro urbano de estratos 1 y 2.
  • El predio ocupado debe tener destinación económica habitacional; no aplicará para predios con destinación diferente.
  • El valor comercial del predio no debe superar el tope máximo establecido por la Ley de 150 (SMMLV) Salarios Mínimos Legales Vigentes, para la Vivienda de Interés Social (VIS).
  • Que el predio a titular no tenga ningún tipo de afectación que impida el proceso de titulación.

A su vez, los requisitos específicos para cada uno de los mecanismos de titulación son:

►Cesión a título gratuito:

  • Acreditación de la ocupación ininterrumpida en el inmueble con mínimo diez (10) años.
  • No ser propietario de una vivienda en el territorio nacional. 
  • No haber sido beneficiario de un subsidio familiar de vivienda, que haya sido efectivamente aplicado.
  • No haber sido beneficiario a cualquier título, de las coberturas de tasa de interés,
  • Encontrarse a paz y salvo con el pago de impuesto predial de los últimos 5 años.

►Enajenación directa a través de mediación:

  • Encontrarse a paz y salvo con el pago del impuesto predial.
  • Los usuarios asumen los gastos de la suscripción de la Escritura Pública de compraventa, como a su vez, la inscripción y registro de la misma ante la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos correspondiente.

►Mecanismo Demanda de Pertenencia:

  • Solicitud o Carta de Intención por medio de la Junta de Acción Comunal (JAC) o Alcaldía Local.
  • Acreditar el pago del impuesto predial.
  • Haber ocupado el inmueble por más de 10 años.
  • Certificación de vecindad expedida por la Junta de Acción Comunal (JAC)
  • Medios probatorios y testimoniales.
  • Los usuarios asumen los costos de honorarios de representación jurídica, las costas procesales y los gastos de inscripción y registro ante la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos correspondiente.

Beneficios de poseer un título

  • Se consolida el patrimonio de las familias a través de la obtención del título de propiedad.
  • Elimina conflictos, genera ciudadanía y contribuye a construir un ambiente de convivencia ciudadana.
  • Permite el acceso al crédito con garantía real (propiedad) y acceder al mercado inmobiliario formal.
  • Genera incentivos para el ahorro y la inversión (el título de propiedad representa un activo).
  • Produce seguridad en la permanencia de las familias ocupantes, propiedad segura y sentido de pertenencia.
  • Permite acceder a los demás programas del Distrito entre otros, al programa de Mejoramiento de Vivienda.

¿Dónde lo Hacemos?

Región: Zona Urbana de Bogotá D.C.

  • Hogares que ocupan predios catalogados como vivienda de interés social de estrato 1 y 2.
  • Hogares ubicados en el Distrito Capital, en asentamientos humanos ilegales consolidados o precarios.
  • Hogares ubicados o asentados en predios de propiedad de particulares o fiscales.
  • Hogares ubicados en zonas sin restricciones de tipo técnico. (Zonas de manejo y preservación ambiental, ronda de río, líneas de alta tensión, alto riesgo no mitigable por remoción en masa, afectaciones viales).

¿Para qué lo Hacemos?

Para que los beneficiarios obtengan el título de propiedad y puedan acceder a los beneficios y servicios que otorga la formalización con el acompañamiento técnico, jurídico y social de la Caja de la Vivienda Popular.