La nueva Administración encontró esta problemática y definió una hoja de ruta crítica para priorizar en la solución y responder con total celeridad a las dificultades inherentes a esta situación.
En virtúd de lo anterior, La Caja de la Vivienda Popular se permite aclarar a la opinión pública y en especial a las familias que actualmente se encuentran en la modalidad de Relocalización Transitoria del programa de Reasentamientos Humanos lo siguiente:
Antecedentes de la problemática
- En el año 2015, la administración del momento expide la resolución 740 de 2015 “Por medio de la cual se reglamenta el parágrafo 1°del artículo 4 del Decreto Distrital 255 de 2013”, la cual entró en firme el 7 de noviembre del mismo año y buscó ajustar la operación que se venía llevando acabo con la modalidad de Relocalización Transitoria.
- Durante el periodo de transición entre la metodología anterior y la que propone la misma resolución se encontraron inconsistencias entre las resoluciones que asignan la ayuda temporal a las familias de relocalización Transitoria y los contratos de arrendamientos (documentos referencia) que actúan como soporte a las resoluciones expedidas. A esto se le suma que las resoluciones adolecen de asignación presupuestal.
- Gran parte de los contratos de arrendamientos no se encuentran respaldados por su registro presupuestal respectivo, de manera que es imposible tramitar los giros correspondientes.
- La resolución 740 de 2015, también estableció que se deberá asignar la ayuda temporal para relocalización transitoria, previa suscripción y presentación del contrato (documento referencia) con sus anexos, por tanto surge la inquietud al respecto de los documentos referencia ya suscritos que hoy, no cuentan con la asignación.
- Sumado a lo anterior también se han encontrado inconsistencias de forma, relacionadas con la no correspondencia de las direcciones de los predios a arrendar, errores de digitación en los nombres, números de cédulas; la falta de soportes documentales y en consecuencia, la ausencia de rigurosidad en los requisitos para avanzar exitosamente en el proceso.
- La resolución 740 de 2015, no hace mención a las normas presupuestales, de manera que se están contemplando una serie de aspectos que van en contravía con la normatividad que nos rige en materia presupuestal.
- El sistema de información que soporta la operación de pagos, no deja la trazabilidad sobre los mismos, es decir, no se cuenta con información detallada y sistematizada sobre los pagos realizados a cada familia.
- El sistema de información hoy cuenta con falencias de seguridad que no permiten tener certeza sobre el contrato (documento referencia) que está pendiente para tramitar el giro; tampoco existe certidumbre sobre los documentos impresos, que además, si se cotejan contra lo reflejado en el sistema, es probable que ambos difieran.
- La gestión documental es precaria, sólo se pueden consultar los expedientes a través del contacto físico, lo que aumenta el riesgo de no guardar coherencia documental y que además se presenten situaciones de pérdidas o modificaciones en los documentos expedidos.
- Conforme lo anteriormente expuesto, la Administración actual ha concluído que es altamente probable que se esten asignando y pagando ayudas temporales a familias que aún no tienen el derecho para recibirla.
Plan de contingencia definido por la actual administración
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A la fecha hemos tramitado en total 1606 pagos que corresponden a los meses de Marzo y Abril. De ellos, 959 han sido girados de manera exitosa, los 647 restantes, se encuentran en el proceso habitual de aprobación, para su giro efectivo la semana del 18 al 22 de abril
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Para los meses adeudados (enero, febrero, marzo y en algunos casos abril) la Dirección de Reasentamientos de la Caja de la Vivienda Popular estableció un plan de contingencia a fin de darle un tratamiento prioritario a las dificultades que se están presentando, para lo cual dispuso el 70% del personal del programa, liderados por un equipo multidisciplinario de técnicos del área, quienes revisaron cada caso en particular y de manera individual.
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El plan de contingencia implementado nos permitió revisar la totalidad de los pagos pendientes y sus posibles causas (en total, 653 pagos que corresponden a 1.330 Familias) a fin de solucionar, de raíz, la problemática que se está presentando y realizar los respectivos pagos de manera oportuna y responsable.
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Todo el equipo humano de la Caja de la Vivienda Popular lamenta profundamente esta situación y estamos trabajando a marchas forzadas y con estricto cumplimiento de las normas, para asegurar una operación exitosa en los giros pendientes y en consecuencia, en los siguientes.
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Ratificamos, que para Caja de la Vivienda Popular y en especial para la Dirección de Reasentamientos es prioritario darle solución a esta situación, por ello seguiremos informando permanentemente la evolución de la misma y estaremos atentos a responder las inquietudes que se presenten por parte de las familias vinculadas al Programa.
Bogotá, D.C 16 de abril de 2016