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Caja de la Vivienda Popular

 

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Fecha Publicación: Julio 29 de 2024

Periodicidad de la publicación:  Cuando se genere la información o cada vez que se modifique.

Preguntas y respuestas más frecuentes

 

 

 

El sector Hábitat es el conjunto de Entidades Públicas que contribuyen al logro de los objetivos fijados en las normas de ordenamiento territorial, en los planes de desarrollo y en los demás instrumentos que orientan la gestión del ordenamiento territorial en sus elementos habitacional, de mejoramiento integral, de provisión de servicios públicos y de gestión del territorio urbano y rural.

En esta sección encuentra las principales preguntas y respuestas de acuerdo a los alcances para cada programa misional de la Entidad.

 

Reasentamientos

¿Qué es un Programa de Reasentamientos?

Es un mecanismo por medio del cual se desarrolla una serie de acciones enfocadas a reasentar los hogares y a adquirir la propiedad y/o mejoras de los predios ubicados en zonas de alto riesgo no mitigable, recomendados por el IDIGER y/o los ordenados mediante sentencias judiciales o actos administrativos.

¿Cuáles son las acciones del Programa?

  1. Relocalización transitoria (Ayuda económica para arriendo)
  2. Reubicación definitiva a través de la asignación de un Valor Único de Reconocimiento VUR para la adquisición de vivienda usada
  3. Reubicación definitiva mediante permuta a través de la asignación de un Valor Único de Reconocimiento VUR en especie para la adquisición vivienda nueva
  4. Adquisición de derechos de propiedad o posesión del predio en alto riesgo
  5. Expropiación administrativa y/o judicial Tenga en cuenta: El VUR corresponde a la contraprestación del derecho real por la propiedad o la mejora del predio ubicado en zona de alto riesgo no mitigable.

 

Tenga en cuenta: La Dirección de Reasentamientos de la Caja de Vivienda Popular prestará asesoría y acompañamiento a las familias en cualquiera de las acciones.

 

¿Cómo se activa el Programa de Reasentamientos en la Caja de Vivienda Popular?

Para que se active el Programa de Reasentamientos de la Caja de la Vivienda Popular se requiere contar con alguno de los siguientes documentos emitidos por las entidades competentes:

∞ Concepto técnico de recomendación emitido por el IDIGER en donde prioriza uno o más predios declarados zona de alto riesgo no mitigable

∞ Sentencia judicial

∞ Acto administrativo emitido por autoridad competente

 

Tenga en cuenta: Estos soportes no deben ser presentados por la familia/hogar, ya que la Dirección de Reasentamientos de la Caja de la Vivienda Popular verificará que usted cumpla con este requisito.

 

¿Cuándo se inicia el Programa de Reasentamientos en la Caja de Vivienda Popular?

Se da inicio al Programa de Reasentamientos de la Caja de la Vivienda Popular cuando la Dirección de Reasentamientos realice la visita a los predios recomendados o declarados como zona de alto riesgo no mitigable, y a las familias que los habitan; lo anterior con el fin de realizar las siguientes actividades:

∞ Levantamiento de la información socioeconómica y familiar de los hogares de estrato socioeconómico 1 o 2.

∞ Levantamiento de la información técnica y jurídica del predio declarado como zona de alto riesgo no mitigable.

 

Tenga en cuenta:

  • La información reportada por la familia debe ser veraz y estar debidamente soportada mediante los documentos que le sean solicitados por la Dirección de Reasentamientos de la Caja de la Vivienda Popular.
  • La familia deberá demostrar documentalmente la habitabilidad en el predio localizado en la zona de alto riesgo no mitigable.
  • Si uno de los miembros de la familia que habita el predio de alto riesgo no mitigable ya ha sido sujeto de un programa de reasentamientos, o posee derechos reales de dominio o derechos de posesión sobre otro predio en el territorio nacional, no podrá acceder al Programa de Reasentamientos. No obstante, la Dirección de Reasentamientos de la Caja de la Vivienda Popular continuará el Programa con las acciones tendientes a adquirir el predio de alto riesgo no mitigable.
  • En el evento que la familia manifieste su intención de no participar en el Programa de Reasentamientos (Renuente), la Dirección de Reasentamientos de la Caja de la Vivienda Popular continuará el Programa con las acciones tendientes a adquirir el predio de alto riesgo no mitigable.

 

¿Cuáles son los requisitos documentales para Relocalización Transitoria?

La acción de Relocalización Transitoria consiste en una ayuda económica temporal para arriendo, que se le reconoce al núcleo familiar y se le paga directamente al beneficiario; para lo cual deberá remitir, a la Dirección de Reasentamientos de la Caja de la Vivienda Popular, los siguientes documentos para el primer pago:

  1. Certificación de la cuenta bancaria del beneficiario (Dueño del derecho real de propiedad o posesión)
  2. Constancia en donde se informe la existencia del contrato de arrendamiento, identificación del arrendador, identificación de la vivienda, canon de arrendamiento, tiempo de duración del contrato, la cual no puede estar ubicada en zona de riesgo

 

Tenga en cuenta:

  • Posterior al primer pago, se requiere constancia de recibo del canon de arrendamiento cancelado, expedida por parte del arrendador (Requisito para posteriores pagos).
  • Si no se allega la constancia del recibo del valor del canon de arrendamiento expedida por parte del arrendador, dentro de los 10 días siguientes al giro realizado por la Caja de la Vivienda Popular, la Dirección de Reasentamientos podrá suspender el siguiente pago al arrendador o al beneficiario, hasta que se cumpla el requisito exigido en precedencia.
  • Si la familia beneficiaria cambia la vivienda temporal inicialmente identificada, deberá informar a la Dirección de Reasentamientos de la Caja de la vivienda Popular y cumplir nuevamente con los requisitos indicados anteriormente.
  • La Dirección de Reasentamientos de la Caja de la Vivienda Popular se reservará el derecho de realizar visitas periódicas a las viviendas objeto de arrendamiento, con el fin de constatar que están siendo habitadas por el beneficiario de la ayuda de Relocalización Transitoria. De constatar que no se cumple con dicha condición, se entenderá como indicio suficiente para suspender a la familia del Programa de Reasentamientos y se iniciarán las acciones pertinentes ante la autoridad competente.

 

¿Cuándo se da suspensión de la ayuda de relocalización transitoria?

La Dirección de Reasentamientos de la Caja de la Vivienda Popular suspenderá temporalmente la relocalización transitoria en los siguientes casos:

  1. No se pueda establecer la veracidad de la información entregada por la familia, existan errores, inconsistencias o presunción de falsedad en los documentos que se presenten para obtener dicha ayuda.
  2. Que mediante visita de verificación no se pueda constatar la habitabilidad del inmueble.
  3. Se compruebe que la vivienda en la que la familia reside temporalmente no cuenta con las condiciones de habitabilidad necesarias o se encuentre en zona de alto riesgo.
  4. Que el estudio de documentos para la inclusión al Programa de Reasentamientos que se adelanta desde la Dirección de Reasentamientos de la Caja de la Vivienda Popular sea negativo, una vez agotado el debido proceso.
  5. Que la familia abandone la vivienda en la que se encuentre relocalizado
  6. La familia no haya efectuado la entrega material del Predio Recomendado o declarado en Alto Riesgo no mitigable a la Dirección de Reasentamientos de la Caja de la Vivienda Popular.
  7. La familia no haya efectuado selección de vivienda, nueva o usada, como opción de Reubicación Definitiva.

 

¿Cuáles son los requisitos documentales para el ingreso de la familia al Programa de Reasentamientos?

  1. Fotocopia de la cédula de ciudadanía de los miembros de la unidad Social.
  2. Fotocopia del registro civil y tarjeta de identidad de los menores de edad.
  3. Documento que acredite el estado civil.
    1. Si es casado: Registro civil de matrimonio.
    2. Si es unión marital de hecho: Manifestación de los compañeros de convivir en unión marital de hecho
  4. Recibo de pago de servicios públicos
  5. Fotocopia del carné o Certificación del SISBEN o EPS de todos los integrantes del núcleo familiar.
  6. Certificado médico de discapacidad física o cognitiva Expedido por la entidad en la que se encuentre afiliado (si aplica)
  7. Documentos que permitan demostrar la habitabilidad del Predio Recomendado o declarado en alto Riesgo para el Programa de Reasentamientos.

 

¿Cuáles son los requisitos documentales para la adquisición de derechos de propiedad o posesión del predio en alto riesgo?

Documentos requeridos para propietarios (con escritura pública):

  1. Copia de la escritura pública que demuestre la propiedad del inmueble.
  2. Certificado de libertad y tradición con fecha de expedición no mayor a 30 días calendario.
  3. Boletín catastral e impuesto predial.
  4. Paz y salvo de impuesto predial

 

Documentos requeridos para poseedores:

  1. Promesa de compraventa en caso de existir.
  2. Boletín catastral
  3. Declaración juramentada del o de los dueño(s) del derecho real de posesión.
  4. Afirmación administrativa de dos (2) testigos que acrediten el tiempo que lleva habitando el predio

 

¿Cuáles son los requisitos documentales para la reubicación definitiva mediante permuta a través de la asignación de un VUR en especie, para la adquisición vivienda nueva?

Proyectos Propios:

Si el titular beneficiario está interesado en alguno de los proyectos propios de la CVP, se diligencia el formato de selección de vivienda nueva en proyecto propio.

 

Proyectos Privados:

Si la familia manifiesta interés por esta alternativa, deberá presentar el formato de separación de vivienda o promesa de compraventa entre la familia beneficiaria y la constructora.

Documentos (vivienda nueva):

  1. Certificado de tradición y libertad con complementación a 10 años
  2. Carta de intención de venta (Firmada por la constructora, donde se evidencie el valor de la vivienda)
  3. Fotocopia de cédula de ciudadanía del representante legal.
  4. RUT
  5. RIT
  6. Certificado Catastral
  7. Cierre Financiero
  8. Licencia de construcción
  9. Viabilidad técnica y jurídica de la vivienda (Caja de Vivienda Popular - CVP)
  10. Número de radicación de documentos para construcción y enajenación de vivienda (Permiso de venta)
  11. Permiso de captación de recursos (Organización Popular de Vivienda - OPV)
  12. Permiso de escrituración (OPV)

 

¿Cuáles son los requisitos documentales para la reubicación definitiva a través de la asignación de un VUR para la adquisición de vivienda usada?

En los casos en que el beneficiario manifieste su interés por la selección de vivienda usada, deberá firmar el formato de selección de vivienda usada y allegar los siguientes documentos:

  1. Escritura pública
  2. Certificado de libertad y tradición con fecha de expedición no mayor a 30 días calendario
  3. Certificado de no riesgo emitido por planeación
  4. Certificado catastral
  5. Paz y Salvo del IDU
  6. Carta intención de venta firmada por el vendedor, indicando el valor de la vivienda.
  7. Pago del impuesto predial del año en curso o del año anterior
  8. Pagos de los últimos cinco años del impuesto predial.
  9. Fotocopia de las cédulas de ciudadanía del(los) vendedor(es) y del(los) beneficiario(s)
  10. Fotocopia de los servicios públicos pagados por ambas caras
  11. Verificación de cierre financiero
  12. Certificado de No Riesgo (firmado por la Secretaría Distrital Planeación)

 

¿Debo ir a la Caja para entregar documentos sobre el proceso de Reasentamientos?

No es necesario. Los beneficiarios cuentan con varios medios para hacer la radicación de documentos asociados a sus procesos, así:

  • En la página web de la Caja de la Vivienda Popular, en el banner superior hay un link denominado “Radicación en Línea”, en el cual los beneficiarios pueden hacer la radicación de documentos asociados a sus procesos y realizar seguimiento de éstos.
  • Existe el correo electrónico Soluciones@cajaviviendapopular.gov.co en donde se pueden enviar la documentación, indicando el número de identificación del proceso, nombres y apellidos completos y número de cédula.
  • Los puede enviar por correo certificado a la carrera 13 No. 54 – 13 Bogotá, indicando el número de identificación del proceso, nombres y apellidos completos y número de cédula.

 

¿Se puede pagar la ayuda de Relocalización Transitoria con un cheque?

No. Todos los pagos de ayudas temporales se realizan a través de un giro a cuenta bancaria de ahorros o corriente a nombre del titular del Proceso de Reasentamientos. La entidad no realiza desembolsos mediante otra modalidad.

Mejoramiento de vivienda

  1. ¿Cuáles son las condiciones para acceder al subsidio de mejoramiento de vivienda?

    Respuesta:

    • ​​La vivienda debe estar ubicada en estrato 1 o 2. 

    • El barrio debe estar legalizado.

    • El barrio debe estar en una de las 26 Unidades de Planeamiento Zonal (UPZ) de Mejoramiento Integral.

    • El avalúo del predio debe ser inferior a 135 salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMMLV).

    • El predio no puede estar ubicado en zona de riesgo por deslizamiento, ronda de río o afectación vial.

    • Ninguna de las personas que integran el hogar, puede ser propietaria de más de un predio dentro del territorio nacional.

    • Demostrar la titularidad o posesión de vivienda.

  2. ¿Cuáles son los documentos que debo presentar para inscribirme para mejoramiento de vivienda?

    Respuesta:

    • ​​Fotocopia del impuesto predial.

    • Fotocopia de la escritura.

    • Fotocopia de cédula de las personas que aparecen en la escritura pública.

    • Fotocopia de documentos de identificación de menores de edad del núcleo familiar.

    • Fotocopia de un recibo de servicio público domiciliario.

    • Correo electrónico.

  3. ¿Si tengo más propiedades o algún tipo de herencia puedo inscribirme?

    Respuesta: No

  4. ¿Si estoy inscrito en la SDHT tengo que inscribirme en la CVP?

    Respuesta: si la CVP es la que realiza todo el proceso de asistencia técnica y la SDHT es la que da el subsidio. Deben estar inscritos en los dos sitios.

  5. ¿Soy una persona sola me puedo inscribir?

    Respuesta:no, tiene que confirmar un núcleo familiar.

Mejoramiento de Barrios

  1. ¿Cómo hago para que la Caja de la Vivienda Popular haga una vía en mi barrio?

    Respuesta

    : se debe dirigir a la Secretaría Distrital del Hábitat ya sea de manera personal o a través de la junta de acción comunal u otra organización social del barrio, una solicitud escrita con los tramos pendientes por construir.
     
  2. ¿Debo pagar por hacer la vía?

    Respuesta:

     no, los recursos destinados para la construcción de estas obras provienen del Distrito, los cuales son generados por los impuestos que los ciudadanos pagan.
     
  3. ¿Qué tipo de obras hace la Dirección de Mejoramiento de Barrios de la Caja de la Vivienda Popular?

    Respuesta: la Dirección de Mejoramiento de Barrios hace obras de intervención física a escala barrial y/o obras menores de espacio público como vías vehiculares, peatonales restringidas, salones comunales, plazoletas, alamedas, escaleras, andenes, parque de bolsillo e instalación de barandas.

  4. ¿En dónde realizan las obras la Dirección de Mejoramiento de Barrios de la Caja de la Vivienda Popular?

    Respuesta: la Dirección de Mejoramiento de Barrios realiza las obras en las UPZ con tratamiento de mejoramiento integral de Barrios definidas  en el POT, de acuerdo con la priorización realizada por la Secretaría Distrital del Hábitat.

Urbanizaciones y  Titulación

  1. ¿Qué documentos necesito para realizar el proceso de titulación del predio?
    • Carta de Adjudicación
    • Cesiones si las hubieron en el transcurso del proceso
    • Aprobación de cesión de Derechos
    • Paz y salvo
    • Plano
    • Ficha financiera
    • Cédulas de ciudadanía  de las personas a quienes se le va a escriturar
  2. Si no soy adjudicatario inicial y me vendieron  que requisitos necesito?
    • Carta de Adjudicación Inicial
    • Promesa de compraventa debidamente autentica
    • Cesión de derechos autorizada por la Caja de la Vivienda Popular.
    • Paz y salvo
    • Plano
    • Ficha financiera
    • Cedulas de ciudadanía  
  3. ¿Si los adjudicatarios fallecieron que documentos necesito para proceder a escrituración del predio?
    • Carta de Adjudicación
    • Escritura  de  Juicio  de sucesión
    • Paz y salvo
    • Plano
    • Ficha financiera
    • Cedulas de ciudadanía
  4. ¿Que documentación es necesaria para el levantamiento de hipoteca.
    • Escritura Pública de constitución de gravamen
    • Paz y Salvo del área de Financiera
    • Certificado de libertad y tradición
    • Fotocopia de cedula
  5. ¿Que documentación es necesaria para el levantamiento de condición resolutoria.

    ​Existen dos casos:

    1. Cesión a título gratuito

    • Resolución de adjudicación – cumplimiento del tiempo
    • Certificado de libertad y tradición
    • Fotocopia de cédula

    2. Constituida con la hipoteca

  • Escritura Pública de constitución de gravamen
  • Paz y Salvo del área de Financiera – cumplimiento del pago
  • Certificado de libertad y tradición
  • Fotocopia de cédula
  1. Si el adjudicatario inicial fallece, ¿ cual es el procedimiento a realizar ?
  • Los herederos del adjudicatario deberán realizar proceso de sucesión por los derechos a la adjudicación. Esta se podrá realizar ante notaria por común acuerdo así como mínima cuantía.
  1. Si un adjudicatario le fue entregada Escritura Publica traslaticia de dominio y este no la hubiera registrado en tiempo ¿cuál es el procedimiento?  
  • Cuando no se ha registrado una escritura pública es necesaria la supresión de los efectos jurídicos del mencionado instrumento público y se debe resciliar dicha escritura pública y realizar nuevamente la escritura pública o la resolución de adjudicación, o en su defecto se podría registrar parcialmente pero se debe realizar nuevamente escritura con las afectaciones al predio (Patrimonio de familia, condición resolutoria, afectación a vivienda de familia).
  1. QUE NECESITO PARA TITULAR MI PREDIO?

Hay dos mecanismos:

  • Cuando se encuentra  a paz y salvo y cuando no, cuando está a paz y salvo,  se debe verificar el lote y que el expediente  cuente con todos los documentos, cedulas verificar si hay cesión de derechos  y proceder a realizar la Resolución de transferencia, si tiene deuda se debe verificar que cuente con acuerdo de pago vigente, verificar que cumpla con los requisitos y hacer la escritura de compraventa con hipoteca y patrimonio de familia previo procedimiento de reparto.
  1. QUE DOCUMENTOS NECESITO PARA CANCELAR LA HIPOTECA?
  • COPIA DE LOS SIGUIENTES DOCUMENTOS
    • Paz y salvo de la CVP
    • Copia de la escritura pública con la que se constituyó la hipoteca
    • Certificado de tradición y libertad del inmueble
    • Copia de la cédula de ciudadanía
    • Deben radicar los documentos por atención al ciudadano.