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Fecha última actualización: 18 de noviembre de 2024

Transparencia y Acceso a la Información Pública

Consultar ►Ley 1712 de 2014 El objeto de la presente ley es regular el derecho de acceso a la información pública, los procedimientos para el ejercicio y garantía del derecho y las excepciones a la publicidad de información. Toda información en posesión, bajo control o custodia de un sujeto obligado es pública y no podrá ser reservada o limitada sino por disposición constitucional o legal, de conformidad con la presente ley. En la interpretación del derecho de acceso a la información se deberá adoptar un criterio de razonabilidad y proporcionalidad, así como aplicar los siguientes principios: Principio de transparencia, Principio de buena fe, Principio de facilitación, Principio de no discriminación, Principio de gratuidad, Principio de celeridad, Principio de eficacia, Principio de la calidad de la información, Principio de la divulgación proactiva de la información, Principio de responsabilidad en el uso de la información.

En ejercicio del derecho fundamental de acceso a la información, toda persona puede conocer sobre la existencia y acceder a la información pública en posesión o bajo control de los sujetos obligados. El acceso a la información solamente podrá ser restringido excepcionalmente. Las excepciones serán limitadas y proporcionales, deberán estar contempladas en la ley o en la Constitución y ser acordes con los principios de una sociedad democrática.

1. Información de la Entidad

1.1. Misión, visión, funciones y deberes

1.2 Estructura orgánica - organigrama

1.3 Mapas y cartas descriptivas de los procesos

1.4. Directorio Institucional incluyendo sedes, oficinas, sucursales, o regionales, y dependencias

1.5 Directorio de servidores públicos, empleados o contratistas

  • 1.5.1   Directorio de servidores públicos, empleados o contratistas :  (incluye nombres y apellidos; país, departamento y ciudad de nacimiento; formación académica; experiencia laboral y profesional; empleo cargo o actividad que desempeña; dependencia en la que presta sus servicios en la entidad o institución; Dirección de correo electrónico institucional; teléfono Institucional; escala salarial según las categorías para servidores públicos y/o empleados del sector privado; Objeto, valor total de los honorarios, fecha de inicio y de terminación prestación de servicios).
  • 1.5.2   Apertura Agendas Directivos

1.6. Directorio de entidades

1.7. Directorio de agremiaciones, asociaciones y otros grupos de interés

1.8 Servicio al público, normas, formularios y protocolos de atención

1.9 Procedimientos que se siguen para tomar decisiones en las diferentes áreas

1.10. Mecanismo de presentación directa de solicitudes, quejas y reclamos a disposición del público en relación con acciones u omisiones del sujeto obligado

1.11. Calendario de actividades

1 .12 Información sobre decisiones que pueden afectar al público

1.13  Entes y autoridades que lo vigilan

1.14. Publicación de hojas de vida

1.15. Ofertas de Empleo

2. Normativa

2.1. Normativa de la entidad o autoridad

Nota: De conformidad con lo establecido por el Decreto 1273 de 2020, la obligación de cumplir con la Agenda Regulatoria es exclusiva para los Ministerios y Departamentos Administrativos de la Rama Ejecutiva del Poder Público. 

2.2. Búsqueda de normas

2.3. Proyectos de normas para comentarios

3. Contratación

4. Planeación - Presupuesto e Informes

4.1. Presupuesto general de ingresos, gastos e inversión

4.2. Ejecución presupuestal

4.3. Plan de Acción

4.4. Proyectos de Inversión

4.5. Informes de empalme

4.6. Información pública y/o relevante

4.7 Informes de gestión, evaluación y auditoría

4.8 Informes de la Oficina de Control Interno

4.9 Informe sobre Defensa Pública y Prevención del Daño Antijurídico

4.9.1. Informe sobre Defensa Pública y Prevención del Daño Antijurídico. 

4.10.1. Informe, en materia de seguimiento sobre las quejas y reclamos.

4.10.2.  Informe sobre solicitudes de acceso a la información, el cual debe contener lo siguiente:

5. Trámites

6. Participa

7. Datos Abiertos

7.1 Instrumentos de gestión de la información

7.1.1 Registros de activos de información

7.1.2   Índice de información clasificada y reservada

7.1.3   Esquema de Publicación de la Información

►Resolución No. 1232 del 01 de noviembre de 2023 "Por la cual se deroga la Res.4316 del 01-10-2020 y se expide acto administrativo que adopta la nueva versión del Esquema de Publicación de la Información para la página web de la Entidad en el marco de la política de Gobierno Digital  Fecha de Publicación: 01-11-2023

7.1.4   Programa de Gestión Documental

7.1.5   Tablas de retención documental

7.2. Sección de Datos Abiertos

8. Información Específica para grupos de interés

9. Obligaciones de reporte de información específica por parte de la Entidad

10. Proceso de Recaudo de rentas locales

De conformidad con las funciones asignadas a la Caja de la Vivienda Popular mediante el Acuerdo Distrital  No. 20 del 13 de marzo de 1942, Contrato celebrado entre la Nación y el Municipio, en virtud del cual se concedió a Bogotá un empréstito destinado a la construcción de barrios populares modelos y la Constitución de la Caja de Vivienda Popular Resolución Ejecutiva 02 JD-CVP de 1942, no es competencia de la Entidad emitir lineamientos, ni adelantar trámites sobre recaudo de rentas locales.  Ampliar Información

11. Menú Atención a la Ciudadanía

12. Sección Noticias

12.1. Sección de Noticias